El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional el Decreto 759/2025, mediante el cual el Gobierno nacional había dispuesto un freno a la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario, y ordenó al Poder Ejecutivo avanzar con su cumplimiento.
La decisión fue tomada por el juez Martín Cormick, quien hizo lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA), junto con otras instituciones universitarias que reclamaban la aplicación efectiva de la normativa sancionada por el Congreso.
En su resolución, el magistrado ordenó el “cumplimiento inmediato de la Ley de Financiamiento Universitario con el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin”.
Cuestionamiento al decreto del Gobierno
La disputa se inició luego de que el Gobierno nacional intentara frenar la aplicación de la ley mediante un veto. Sin embargo, el Congreso rechazó esa decisión y sostuvo la normativa con las mayorías requeridas.
Tras ese revés legislativo, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto 759/2025, que estableció que el financiamiento previsto por la ley para las universidades solo podía ejecutarse una vez que se determinaran las fuentes específicas para cubrirlo y se incorporaran las partidas correspondientes al Presupuesto General.
Las universidades cuestionaron esa decisión y recurrieron a la Justicia para exigir el cumplimiento de los principales puntos de la ley, entre ellos el envío de partidas destinadas al funcionamiento de las casas de estudios y la recomposición salarial de docentes y trabajadores no docentes.
En su fallo, Cormick sostuvo que el decreto “no supera un test mínimo de razonabilidad”, debido a que permitía suspender la aplicación de una ley aprobada por el Congreso luego de que este hubiera insistido con las mayorías agravadas que exige la Constitución.
Para el juez, el Poder Ejecutivo, ante la imposibilidad legal de emitir un nuevo veto, utilizó el decreto como un mecanismo que excedió las herramientas previstas por el ordenamiento constitucional.
En ese sentido, consideró que la medida “ha funcionado como un mecanismo extraconstitucional” y configuró “una figura de instancia de veto no prevista en la Constitución Nacional”.
También cuestionó el argumento del impacto fiscal
Otro de los puntos analizados por el magistrado fue el supuesto impacto presupuestario de la Ley de Financiamiento Universitario.
Cormick recordó que durante 2024 y 2025 no hubo una Ley de Presupuesto aprobada, por lo que se prorrogaron las partidas correspondientes al Presupuesto 2023.
Además, citó estimaciones de la Oficina de Presupuesto del Congreso, según las cuales el impacto de la normativa durante 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del PBI nominal proyectado.
El juez también defendió la posibilidad de que la Justicia intervenga cuando están en juego decisiones estatales con consecuencias presupuestarias. Al respecto, remarcó que el control judicial de este tipo de medidas “lejos de ser una intromisión extraordinaria, es una de las consecuencias propias de la justiciabilidad del Estado”.
Con esta resolución, el Gobierno nacional queda obligado a avanzar con las medidas necesarias para poner en vigencia la Ley de Financiamiento Universitario, en un nuevo capítulo de la disputa entre el Poder Ejecutivo, el Congreso y las universidades nacionales por los recursos destinados al sistema universitario.




