Con esta resolución, el Estado podrá cuestionar ante la Cámara dos decisiones adoptadas en primera instancia. Una está vinculada a la intimación para cumplir la cautelar bajo apercibimiento de multas diarias, cuya aplicación fue suspendida provisoriamente el pasado 15 de octubre. La segunda se refiere a la continuidad del trámite de ejecución de esa medida judicial.

Los jueces aclararon que la habilitación de la apelación no implica una definición sobre el fondo del conflicto ni sobre la vigencia de la cautelar. El fallo señaló que la decisión no constituye un adelanto de opinión respecto del cumplimiento o incumplimiento de la orden judicial por parte del Poder Ejecutivo.

La controversia surgió a partir de una resolución firmada el 9 de octubre por el juez Martín Cormick, quien dispuso la elevación de la causa principal a la Cámara mientras continuaba la ejecución de la cautelar en un expediente separado. El Gobierno apeló esa determinación, pero el recurso fue rechazado en primera instancia el 14 de octubre.

Ante esa situación, el Ministerio de Capital Humano y la Secretaría de Educación presentaron una queja ante la Cámara para revertir la denegatoria. La Sala III hizo lugar al planteo y ordenó que la apelación sea tramitada.

En su presentación, el Estado sostuvo que ya había cumplido íntegramente con la medida cautelar y argumentó que la misma tenía un plazo de vigencia que, según su interpretación, ya expiró. Además, cuestionó que continuara abierta la ejecución judicial y advirtió sobre la posibilidad de afrontar sanciones sin que existiera una liquidación concreta de los montos reclamados.

La Cámara consideró que impedir la revisión del caso podía ocasionar un “gravamen irreparable” para el Estado y, por esa razón, resolvió habilitar la apelación solicitada por el Poder Ejecutivo.

La decisión se suma a otra resolución dictada el 15 de octubre por la misma Sala III, que suspendió provisoriamente las multas diarias de 100.000 pesos impuestas al jefe de Gabinete, Diego Santilli, mientras se analiza el recurso presentado por el Gobierno.

La causa judicial fue impulsada por el Consejo Interuniversitario Nacional contra el Decreto 759/2025, que condicionó la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario a la identificación de fuentes de financiamiento por parte del Congreso. El 6 de octubre, Cormick declaró inconstitucional esa condición y ordenó la aplicación de la norma, una decisión que también fue apelada por el Gobierno.

La cautelar que continúa en discusión dispone la actualización salarial del personal docente y no docente de las universidades públicas y la garantía de los fondos destinados a las becas estudiantiles, conforme a los parámetros establecidos por la Ley de Financiamiento Universitario.

Con información de: TN