El texto modifica la Ley Nº 13.478 y sus modificatorias, introduce cambios en la Ley Nº 24.901 sobre prestaciones básicas en discapacidad y reformula aspectos de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad Nº 27.793. Según el Gobierno, el proyecto se enmarca en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, pero aclara que el cumplimiento de derechos económicos y sociales debe realizarse “de manera proporcional a los recursos disponibles”.
El diagnóstico oficial señala que entre 2003 y 2023 la cantidad de pensiones creció de 76.000 a 1.200.000, un aumento que califican de “exponencial” y sin antecedentes internacionales. Además, detectaron irregularidades como domicilios inexistentes y falta de acreditación médica suficiente, lo que generó un “injustificable dispendio de los recursos del Estado nacional”.
El proyecto reafirma que la pensión por invalidez laboral será una prestación mensual inembargable equivalente al 70% del haber mínimo jubilatorio, y establece la incompatibilidad con vínculos laborales formales o inscripción en regímenes de trabajo. También habilitas pensiones para mayores de 70 años sin recursos ni cobertura previsional.
El capítulo más extenso y sensible de la iniciativa está dedicado al sistema de auditorías, control y reempadronamiento. La Secretaría Nacional de Discapacidad, en el ámbito del Ministerio de Salud, será la autoridad encargada de implementar auditorías periódicas para verificar el cumplimiento de los requisitos documentales, socioeconómicos y médicos de los beneficiarios. Para ello, de aprobarse las modificaciones de la ley habilitarán el cruce de información con bases de datos de ANSES, ARCA, SINTyS y otros organismos públicos, incluso exceptuando de manera específica las restricciones del secreto fiscal “únicamente a los efectos” de esta verificación.
Cuando de esos cruces surjan incumplimientos objetivos, la autoridad de aplicación podrá disponer la suspensión preventiva del beneficio. No obstante, el proyecto incorpora garantías procedimentales: el titular podrá solicitar la rehabilitación provisoria inmediata de la pensión hasta tanto se dicte una resolución definitiva, y tendrá derecho a ser informado de manera clara y a participar del proceso de auditoría médica.
El proyecto también redefine el financiamiento, asignando partidas al Ministerio de Salud y previendo compensaciones desde el Tesoro. Se aclara que la universalidad del sistema no implica homogeneidad de aranceles, sino un piso mínimo común, respetando las asimetrías regionales.
Con información de: Parlamentario



