El fallo, dictado por el juez Martín Bava, se enmarca en un amparo presentado por la Coordinadora de Abogadxs de Interés Público (CAIP) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que solicitaban que se garantice el acceso a la información pública relacionada con el acuerdo con el organismo financiero internacional.

En su resolución, el juez remarcó que “en una sociedad democrática es indispensable que las autoridades estatales se rijan por el principio de máxima divulgación, el cual establece la presunción de que toda información es accesible”. Además, sostuvo que el derecho a la información pública prevalece sobre los procedimientos administrativos regulares, y que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información generada por el Estado sin necesidad de acreditar un interés particular.

El Ministerio de Economía, según el fallo, había incumplido la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública, incluso derivando el pedido a un procedimiento administrativo y solicitando prórrogas para entregar el expediente. La decisión judicial reafirma que la información pública es un derecho de la sociedad, especialmente cuando se trata de decisiones económicas de alto impacto como un préstamo con el FMI.

El caso subraya la importancia del control democrático sobre las políticas económicas y establece un precedente sobre la transparencia en la gestión de recursos públicos.