La decisión se basó en el principio de “corrimiento ascendente natural” y en el dictamen de la fiscal electoral Laura Roteta, quien advirtió que aceptar el enroque solicitado implicaría “alterar artificialmente la composición de género” de la lista. Ramos Padilla declaró la inconstitucionalidad de aplicar el artículo 7 del Decreto 171/2019 en este caso, ya que la norma exige reemplazar al candidato por quien le siga en la lista del mismo sexo.
“La intempestiva renuncia de dos candidatas mujeres fuerza una situación en la que, de no realizarse el reemplazo de Santilli por Espert, quedarían dos varones juntos al final de la lista (...), produciéndose artificialmente una aparente inconstitucionalidad similar a la declarada por la Corte Suprema”, sostuvo el magistrado.
La lista quedó conformada en sus primeros cinco lugares por: Karina Celia Vázquez, Diego César Santilli, Gladys Noemí Humenuk, Sebastián Miguel Pareja y Johanna Sabrina Longo. La resolución podrá ser apelada ante la Cámara Nacional Electoral.
Con información de: Noticias Argentinas



