Lo que se habla ahora:
Ubicada en un pueblo de seis mil habitantes, recibió una notificación de clausura por no cumplir con requisitos exigidos por el Ente Nacional de Comunicaciones. El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) pidió la clausura de FM Pirca 101.4, de la provincia de Jujuy, emisora popular con más de 20 años en el aire.
Con una inversión prevista de 188 millones de pesos, en su primera etapa, la construcción del complejo ministerial que se emplazará en el barrio Malvinas de la ciudad capital tendrá su jornada de recepción y apertura de sobres con ofertas. El fortalecimiento de la infraestructura del Estado para sus unidades de organización junto a la revitalización de nuevas centralidades en zonas urbanas tendrá, con esto, su hito inicial.
La Comisión Directiva del Sindicato de Obreros y Empleados del Azúcar del Ingenio Ledesma-SOEAIL informó a sus afiliados que por decisión de Asamblea, atento a que en la reunión de ayer lunes no se llegó a una suma salarial mínima para el bienestar de las familias azucareras, se ratifica la continuidad de la huelga a partir de horas 05:00 de este dia martes 10 de Octubre por 48 horas sin asistencia a los lugares de trabajo y permanencia en los lugares de accesos.
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La defensa de Milagro Sala recurrió hoy el fallo de la Cámara de Apelaciones que revocó la prisión domiciliaria de la diputada del Parlasur. Entre los ejes centrales destacaron la responsabilidad internacional en la que incurrirá el Estado Nacional de cumplirse la sentencia que sería violatoria de la medida cautelar dictada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Además marcaron el profundo desconocimiento de los jueces Néstor Hugo Paoloni, Gloria María Mercedes Portal de Albisetti y Emilio Carlos Cattan que en los fundamentos confundieron a la CIDH con la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que si bien integran el sistema interamericano, tienen reglas y competencias diferentes; pasaron por alto el rango constitucional de los tratados internacionales que son superiores a las leyes nacionales al analizar los requisitos que se deben cumplir para el otorgamiento de la detención domiciliaria; utilizaron un concepto errado sobre el principio de igualdad respecto a otros detenidos con prisiones preventivas y, por último, protagonizaron un nuevo hecho de hostigamiento y violación del legítimo ejercicio al derecho de defensa al manifestar que los abogados interponen constantemente recursos, por lo cual, según escribieron, no se llegó a una “condena” –no dicen sentencia- contra Milagro Sala. A su vez, denunciaron que la Cámara de Apelaciones puso en juego el debido proceso legal al no haber corrido vista a la defensa del recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal y sobre el que basaron el fallo, dejando de lado todos los planteos realizados por los abogados de la dirigente social.
