Tras el reciente envío de notificaciones, el organismo aclaró que el objetivo principal de la medida es actualizar los registros catastrales y no aplicar sanciones a los contribuyentes.

En aquellos casos donde, a través de los relevamientos anuales, se detectaron mejoras no declaradas, la incorporación fue realizada de oficio.

No obstante, los propietarios que hayan recibido una notificación cuentan con un plazo de cinco días hábiles para presentarse y efectuar su descargo. Al hacerlo dentro del término establecido, cualquier eventual sanción quedará sin efecto mientras se tramita la declaración.

Documentación necesaria

Para completar el trámite, los titulares deberán presentar alguno de los siguientes elementos:
Fotografías del inmueble desde distintos ángulos, que permitan identificar materiales y diferenciar superficies cubiertas y semicubiertas. Las imágenes pueden exhibirse directamente desde el celular.

Planos de obra, aprobados o no.

En caso de no contar con planos, un croquis a mano alzada con medidas aproximadas.
Desde el organismo aclararon que no es necesario presentar notas, recursos administrativos ni contar con asesoramiento profesional para realizar el descargo.

Trámite online

Quienes no puedan concurrir personalmente por razones de fuerza mayor, como enfermedad o ausencia de la provincia, podrán realizar la gestión de manera virtual a través del sitio oficial de la Dirección Provincial de Inmuebles:
También se encuentra disponible el formulario específico para la Declaración de Mejoras, donde podrán adjuntarse archivos en formatos JPG, PNG y PDF.

Trámite personal e intransferible

Desde el Departamento de Ordenamiento Valuatorio remarcaron que la presentación de planos ante los municipios no reemplaza la obligación de declarar las mejoras ante la Dirección Provincial de Inmuebles.

"Se trata de trámites independientes; la declaración debe realizarse exclusivamente ante nuestro organismo", explicó Antonio Ortiz, jefe del área.
Asimismo, recordaron que se trata de una declaración jurada, por lo que debe ser presentada personalmente por el titular del inmueble, usufructuarios, herederos, compradores, poseedores o cualquier persona con derechos sobre la propiedad.

Los profesionales del sector, como arquitectos o maestros mayores de obra, no pueden reemplazar al propietario en esta gestión.

Un trámite gratuito y beneficioso

Desde la repartición destacaron que regularizar las construcciones es un procedimiento sencillo, rápido y sin costo. Además, permite mantener actualizado el valor fiscal del inmueble, garantizar la transparencia del catastro y asegurar que el Impuesto Inmobiliario refleje la realidad edilicia de cada propiedad.