Así lo resolvió mediante Acordada Nº 123/2025, donde expresaron que con motivo de la celebración de las festividades de Navidad y Año Nuevo y contemplando la situación de los abogados, magistrados, funcionarios y empleados, que por razones de distancia deben trasladarse a otras localidades, se estima pertinente declarar asueto administrativo los días 24, 26 y 31 de diciembre del año en curso, disponiendo la inhabilidad de dichas fechas para los términos procesales.