Las alícuotas aplicables a estas actividades se encuentran detalladas en la Ley Impositiva vigente Nº 6442, y son del 3,5% o 4,5%, según el nivel de facturación anual de cada contribuyente. Estas tasas fueron debidamente establecidas por ley y se mantienen vigentes, sin cambios ni incrementos recientes que alteren esta realidad.
El organismo desmintió las afirmaciones inexactas que circularon en redes sociales, "muchas de las cuales responden a intenciones maliciosas o a la falta de información, y que solo contribuyen a generar confusión y desinformación en la comunidad" expresaron.
Asimismo, invitan a comerciantes, empresarios, profesionales y ciudadanos en general a acercarse a la Dirección Provincial de Rentas para informarse correctamente sobre las normas tributarias, alcances y obligaciones. La institución pone a disposición todos sus canales oficiales de atención, 08005555599,



