La Dirección General Impositiva (DGI), conducida por Andrés Vázquez y dependiente de ARCA, presentó una denuncia penal contra la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) por presunta apropiación indebida de tributos y recursos de la seguridad social, en un caso que podría convertirse en uno de los expedientes económicos más relevantes del año. Según el escrito presentado, el perjuicio fiscal ascendería a $7.593.903.512,23.

La acusación sostiene que la AFA, actuando como agente de retención, habría retenido montos correspondientes a impuestos y contribuciones previsionales entre agosto de 2024 y septiembre de 2025, sin ingresarlos al fisco en tiempo y forma. La denuncia encuadra estas maniobras en los delitos previstos en los artículos 4° y 7° del Régimen Penal Tributario de la Ley 27.430.

El escrito fue firmado por Vanina Mariel Vidal, jefa interina de la Sección Penal de la División Jurídica de ARCA, y patrocinado por los abogados Matías Alejo Gentile Brezigar y Felicitas Achábal. Allí se detalla que el monto de retenciones impositivas no ingresadas asciende a $916.005.301,41, correspondientes a IVA, Ganancias y Ganancias Art. 79. En cuanto a las retenciones de la seguridad social ingresadas fuera de término —entre diciembre de 2024 y septiembre de 2025—, el total supera los $6.677 millones.

La denuncia identifica como principal responsable a Claudio Fabián Tapia, presidente de la AFA, por su rol como agente de retención y administrador de la clave fiscal de la entidad. El organismo aclaró que la asociación civil no registra antecedentes penales, aunque subrayó que la omisión reiterada del depósito configura un delito de acción instantánea, consumado en el momento en que debió cumplirse la obligación, de acuerdo con jurisprudencia del caso “Lambruschi” de la Corte Suprema.

ARCA enfatizó que los fondos retenidos “no son propios ni pueden ser utilizados para solventar otras obligaciones”, y que la demora en su depósito constituye una forma de financiamiento indebido a costa del Estado. Además, argumentó que existe dolo, dado que la AFA conocía su rol de agente de retención y su obligación de ingresar los montos en los plazos establecidos.

La denuncia también remarca que la responsabilidad penal recae en los órganos de administración que tomaron la decisión de incumplir las obligaciones fiscales, respaldando este punto con jurisprudencia que equipara su voluntad a la de la persona jurídica.

Debido al domicilio fiscal de la AFA en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la causa quedará en manos de la Justicia Nacional en lo Penal Económico, que deberá evaluar la documentación aportada por la División Recaudación Grandes Contribuyentes y determinar si corresponde avanzar con imputaciones formales.

La presentación sostiene que la conducta atribuida a la AFA implica un riesgo para la actividad financiera del Estado, ya que la evasión dolosa de recursos esenciales compromete la capacidad estatal de sostener servicios y funciones públicas fundamentales.