La comisión que preside Hugo Yasky se reunirá desde las 14 en el edificio anexo y también abordará el proyecto que establece la creación del Observatorio para la Convivencia Democrática con la modificación del artículo 213 del Código Penal, sobre sanción para actitudes negacionistas y/o apologistas de genocidio y crímenes de lesa humanidad.

Entre los proyectos referidos a la penalidad del negacionismo se buscará aunar criterios en torno a iniciativas de Marina Stilman (Coalición Cívica) y de los oficialistas Estela Hernández, Eduardo Fernández, Gisela Marziotta y Carolina Moisés, a partir de un borrador de consenso elaborado por el propio Yasky.

Uno de los proyectos, el del cordobés Fernández, establece la modificación del artículo 213 para estipular que "será reprimido con prisión de tres meses a dos años quien públicamente niegue, apologice o reivindique la comisión de delitos respecto a genocidio y crímenes de lesa humanidad previstos por el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y demás tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional a los que nuestro país adhiere".

En otro de los artículos, el proyecto señala que "será reprimido con multa económica de 10.000 a 100.000 pesos quien hiciere manifestaciones públicas por las que niegue, apologice o reivindique la comisión de los delitos respecto a genocidio y crímenes de lesa humanidad previstos éstos por el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y demás tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional a los que nuestro país adhiere".

En cuanto a los agravantes, prevé: "Será sancionado con la destitución definitiva de su cargo e inhabilitación especial para ocupar cargos públicos por el término de diez años, el funcionario público de cualquier Poder del Estado, jerarquía y jurisdicción, que durante el ejercicio de su función hubiere realizado manifestaciones públicas por las que niegue, apologice y/o reivindique la comisión de delitos respecto a genocidio y crímenes de lesa humanidad".

Y agrega: "Será reprimida con multa económica del doble de la fijada de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 213 ter de la presente Ley, el funcionario o la funcionaria que durante el ejercicio de su función hubiere realizado manifestaciones públicas por las que niegue, apologice o reivindique la comisión de delitos respecto a genocidio y crímenes de lesa humanidad".