El primero de los episodios tuvo lugar el 30 de septiembre de 2022, cuando Solano anestesió a un niño de ocho años en el quirófano N°1 sin ser médico anestesiólogo ni contar con autorización profesional. El segundo hecho, más grave, ocurrió el 23 de abril de 2025, entre las 8:00 y las 8:30 horas, en la Sala Verde del mismo hospital. Allí, el enfermero inyectó leche líquida por vía endovenosa a un bebé de seis meses que se encontraba en recuperación postquirúrgica, provocándole un derrame precárdico leve a moderado que puso en riesgo su vida.
Por la rápida intervención del equipo médico, el bebé fue trasladado a terapia intensiva y logró sobrevivir. La investigación determinó que Solano actuó con dolo eventual, es decir, con conocimiento del riesgo y desprecio por las consecuencias.
El tribunal estuvo integrado por las juezas María Margarita Nallar (presidenta de trámite), María del Rosario Hinojo y Mónica Cruz Martínez. La acusación fue sostenida por el fiscal Diego Funes, mientras que la querella estuvo a cargo del abogado Carlos Sebastián Espada. La defensa técnica fue ejercida por Pablo Rodrigo Cuellar.
La sentencia podrá ser apelada, pero desde el Ministerio Público de la Acusación y las familias afectadas expresaron conformidad con el fallo. El caso reabre el debate sobre los controles institucionales en el sistema de salud pública y la necesidad de reforzar protocolos de actuación profesional.



