De acuerdo con la presentación, el origen del conflicto se remonta al año 2024, cuando Palomares denunció ante el jury de enjuiciamiento a la jueza del Tribunal del Trabajo, Amalia Montes, a raíz de un altercado ocurrido durante una audiencia preliminar en un juicio laboral. Según relató, la magistrada le impidió dejar constancia en el acta de una observación vinculada a la falta de presentación de prueba por parte del trabajador y, posteriormente, lo habría obligado a firmar el acta en esas condiciones.

“Ella me gritó: ‘acá se hace lo que yo quiero’”, afirmó Palomares al relatar el episodio, y agregó que la jueza le negó reiteradamente la posibilidad de ejercer la defensa de su parte durante la audiencia.

La denuncia contra la magistrada fue presentada en septiembre de 2024. Sin embargo, según consta en el escrito, el expediente permaneció sin movimiento durante casi dos años. Palomares indicó que solo realizó una insistencia formal en ese período y que recién el 11 de marzo de 2026 recibió como respuesta el rechazo in limine de su denuncia, firmado por el presidente de la Suprema Corte.

En su presentación ante la Legislatura, el abogado sostiene que ese rechazo se dictó sin cumplir el procedimiento previsto por la Constitución de Jujuy de 1986, que —según señala— establece la obligación de conformar una comisión investigadora ante este tipo de denuncias, garantizar el derecho de defensa de la magistrada denunciada y emitir un dictamen previo antes de resolver.

“Obligatoriamente se tiene que formar una comisión investigadora, obligatoriamente se le tiene que dar la posibilidad a la denunciada de que ejerza su derecho de defensa”, expresó Palomares, quien consideró que el rechazo directo vulneró no solo sus derechos como denunciante, sino también “el derecho de la sociedad”.

La denuncia de juicio político apunta específicamente contra Otaola por haber actuado de manera unipersonal. En ese sentido, Palomares afirma que el presidente de la Corte se arrogó funciones que corresponden a un órgano colegiado. “El rechazo in límine de una denuncia constitucional contra una magistrada no puede ser jamás calificado como ‘mero trámite’”, sostuvo en el escrito, en referencia a los límites funcionales que establece la ley provincial.

El documento también menciona que, el mismo 11 de marzo de 2026, mientras se firmaba el rechazo, se remitió un oficio a la Cámara de Apelaciones del Trabajo informando que las denuncias habían sido “rechazadas y archivadas”, sin mencionar la existencia del expediente correspondiente. Según Palomares, esta omisión habría inducido a error al tribunal de alzada, que rechazó planteos de recusación contra la jueza Montes con base en información incompleta.

Además, el abogado denunció dificultades posteriores para acceder a copias certificadas del expediente. Afirmó que en abril de 2026 la Secretaría de Superintendencia dilató la entrega de las actuaciones, alegando que el expediente se encontraba reservado o en distintos despachos. Para Palomares, esto configura “una retención indebida de un expediente público”.

En el escrito presentado ante la Legislatura, Palomares remarca que el conflicto trasciende su situación personal y plantea un problema institucional más amplio. “Busca, fundamentalmente, salvaguardar la salud institucional de nuestra provincia”, señaló, y agregó que el accionar denunciado profundiza “la brecha entre el Poder Judicial y el pueblo de Jujuy”.

Como parte del pedido, el abogado solicitó que se requiera a la Suprema Corte de Justicia la remisión inmediata del expediente, que se conforme la comisión investigadora prevista en la Constitución provincial y que, en caso de corresponder, se avance con la acusación y eventual destitución del presidente del máximo tribunal.

“Confío en que no permitirán que el espíritu de las leyes que ustedes mismos sancionaron sea burlado por la voluntad unilateral de un magistrado”, concluyó Palomares en su presentación ante la Legislatura provincial.