Durante el debate, se introdujeron modificaciones al régimen de “Compre Jujeño” establecido en la Ley 5.185. El artículo 50 de la nueva norma redefine la preferencia para el comercio local: en caso de no contar con bienes o servicios en cantidad o calidad suficiente, se dará prioridad a proveedores jujeños siempre que sus precios no superen en más de un 3% a la oferta de menor valor.
La misma preferencia del 3% se aplicará en la adquisición de productos de origen provincial frente a los extraprovinciales y en la contratación de obras y servicios, siempre que las propuestas locales cumplan con los requisitos técnicos exigidos.
Con la sanción de la Ley N°6490, el presupuesto provincial para 2026 quedó aprobado, consolidando el marco financiero y administrativo que regirá el próximo año.



