La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió este lunes revocar la habilitación que permitía a Cristina Fernández de Kirchner ejercer su derecho al voto, tras haber sido condenada en la causa “Vialidad” a seis años de prisión por corrupción. El fallo, dictado de manera unánime por los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, deja a la expresidenta fuera del padrón electoral y refuerza las restricciones que impone la legislación vigente sobre condenados por delitos dolosos.
La medida anula la decisión del 18 de julio de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, quien había declarado la inconstitucionalidad de los artículos del Código Penal y del Código Nacional Electoral que establecen la inhabilitación absoluta y la exclusión del padrón en estos casos.
En su fallo, la Cámara Electoral se basó en los precedentes “Procuración Penitenciaria” y “Orazi” de la Corte Suprema. En el primero, el máximo tribunal advirtió sobre las restricciones automáticas al derecho de sufragio de personas condenadas, pero pidió al Congreso revisar la reglamentación. En el segundo, aclaró que no correspondía habilitar de oficio a un condenado, sino que debía tratarse de un pedido concreto y verificarse condiciones mínimas de viabilidad jurídica y fáctica.
Según la CNE, esas condiciones no se cumplieron en el fallo de Borruto:
- La decisión fue dictada de oficio, sin petición de Cristina Kirchner ni del Ministerio Público.
- No se evaluó si la posibilidad de votar era jurídicamente viable en función del delito que motivó la condena.
De esta manera, la Cámara concluyó que la habilitación carecía de sustento legal y dispuso la exclusión de Cristina Kirchner del padrón electoral, lo que supone un duro revés para la expresidenta en medio de un escenario político y judicial de alta tensión.



