Además, resolvió mantener el estado de libertad que oportunamente le fuera concedido a E.C.M. hasta que se encuentre firme y consentida la sentencia. Asimismo, impuso al condenado una orden de restricción de acercamiento respecto de la víctima a 300 metros de su domicilio o del lugar en que se encuentre.

Igualmente deberá el condenado abstenerse de comunicarse con la víctima por cualquier medio y realizar actos verbales y/o físico en perjuicio de la misma. También, el Tribunal autorizó, una vez firme y consentida la sentencia, la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

El hecho

De acuerdo con la requisitoria de la Fiscalía, el 24 de agosto de 2019, aproximadamente a las 6 horas, la victima, una mujer mayor de edad, se encontraba durmiendo en su habitación, en un domicilio de Abra Pampa.

En esas circunstancia, el acusado ingreso a la habitación donde estaba la mujer y con el fin de satisfacer sus impulsos sexuales la accedió carnalmente. La víctima logró despertarse y al intentar resistirse comenzó a gritar pidiendo al imputado que se retirara, por lo que ante los gritos de ella el hombre salió por la ventana de la habitación.

Alegatos

Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Sergio Marcelo Cuellar, quien solicito la pena de 6 años de prisión para el acusado.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo cual, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.