El veredicto fue emitido este martes por el Tribunal compuesto por los jueces Mario Ramón Puig, Luciano Yapura y Ana Carolina Pérez Rojas. Salvador Gustavo Ortiz actuó como juez suplente, mientras que la secretaría estuvo a cargo de Héctor Mario Bernal y Ricardo Almaraz.

La sentencia establece que, una vez que esta sea firme, Alberto Nallar deberá ser detenido de inmediato con el fin de su inclusión en el régimen de progresividad de la pena. Además, se dispuso un embargo a favor del Estado Provincial como reparación económica por un valor de 7 millones de pesos.

Las acusaciones en su contra se basaron en su presencia en los bloqueos de rutas llevados a cabo en la Ruta 66, cerca del parque industrial de Perico, y en la Ruta Nacional 9 en la ciudad de Tilcara, donde supuestamente instigó públicamente a los manifestantes a continuar interrumpiendo los servicios públicos y el tráfico vehicular. También se le atribuyó haber promovido actos de violencia colectiva contra las autoridades de la provincia de Jujuy, incitando al delito de motín y sedición.

El juicio se llevó a cabo en la Sala de Audiencias de la Oficina de Gestión Judicial, y la acusación fue presentada por los fiscales Diego Funes y Walter Rondón, del Ministerio Público de la Acusación, quienes solicitaron una pena de 5 años de prisión para Nallar. La querella, en representación del Estado Provincial, estuvo a cargo de Sebastián Albesa y Juan Manuel Silva, quienes respaldaron la solicitud de la Fiscalía.

Por su parte, la defensa técnica de Alberto Nallar fue realizada por él mismo y los abogados Juan Gabriel Martín y Cintia Carolina Abregú, quienes solicitaron la absolución completa del acusado.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la Provincia, y las partes tendrán la oportunidad de solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.