A través de la Resolución 58/2022 publicada este lunes en el Boletín Oficial, la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete estableció que "antes del 1º de mayo de 2022 cada jurisdicción, organismo y entidad de la administración pública nacional (...) deberá disponer el retorno a la modalidad de prestación de servicios que era habitual en forma previa a la vigencia del Decreto Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios".

La secretaria de Gestión y Empleo Público, Ana Gabriela Castellani, aseguró que esta resolución "no es un capricho" sino que es parte de las nuevas recomendaciones que estableció el Consejo Federal de Salud y que refrendó en una resolución el Ministerio de Salud.

"Los cuidados en esta nueva etapa se establecen con ventilación simple y no cruzada, con uso de barbijo y con eliminación de la obligatoriedad de dejar dos metros de distancia entre los puestos de trabajo", afirmó la funcionaria en declaraciones radiales.

En la resolución también se dispuso que quedan "exceptuadas" de la implementación de esta medida aquellas personas que acrediten mediante documentación médica tener algún tipo de inmunodepresión o una comorbilidad, que figuran en el "artículo 3°, incisos V y VI, de la Resolución del Ministerio de Salud N° 627 del 19 de marzo de 2020".

"Aquellos trabajadores que tengan diagnóstico de Covid-19 que no hayan requerido internación podrán reincorporarse a sus lugares de trabajo sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta según los criterios establecidos por el Ministerio de Salud", detallaron en el boletín oficial.

En tanto, el Poder Ejecutivo estableció que las oficinas responsables de Recursos Humanos "deberán solicitar a los trabajadores el Certificado de Vacunación", mientras que aquellas personas que hayan optado por no inocularse "recibirán asesoramiento del Departamento de Sanidad, o su equivalente" en cada organismo, a fin de "obtener información sobre las ventajas y posibles desventajas de la vacunación en su caso puntual".

Finalmente, la Secretaría de Gestión y Empleo Público dictaminó que aquellos trabajadores que no cumplan con la modalidad de servicios exigible "serán pasibles de las sanciones que correspondan de conformidad con el régimen disciplinario aplicable"