Además, y amparándose en la ley de derecho de acceso a la información pública, obliga a los legisladores y funcionarios comprendidos por la norma a publicar de manera mensual toda información relacionada con el uso del sistema de pasajes.

El decreto explica que la nueva norma se establece a partir del primero de julio y que entra en vigencia para los senadores, presidencia, presidencia provisional, vicepresidencia, secretarios, prosecretarios de la Cámara y prosecretarios de bloques parlamentarios, el primero de agosto.

Nuevo régimen de pasajes

Todos los empleados del Senado podrán solicitar diez pasajes por mes, ya sean terrestres o aéreos, que serán "nominados, intransferibles, con vencimientos mensuales, no renovables y no canjeables, para su uso dentro del territorio nacional".

De manera adicional (además de los 10 pasajes fijos)  tendrán otra tanda de pasajes que podrán elegir entre cuatro opciones:

La primera opción establece la entrega de 12 tramos aéreos y 20 terrestres innominados, es decir que podrán ser cedidos a terceros.

La segunda, es una variedad de la anterior y permite la percepción de una suma fija de $10.000 en lugar de los tramos terrestres.

La tercera opción contempla la percepción de $20.000 pesos y 20 tramos terrestres.

Mientras que la cuarta y última establece la entrega de $30.000 en efectivo por movilidad.