Sobre los cambios, la AFIP amplió que "se deberán tener en cuenta los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, los alquileres devengados en los 12 meses inmediatos anteriores y/o la superficie afectada a la actividad en ese momento".

Para realizar la recategorización se deberá:

1) Ingresar al portal web de Monotributo o descargar la APP Monotributo.

2) Indicar CUIT, clave fiscal y presionar "Aceptar".

3) Seleccionar la opción "Recategorizarme" (allí también se podrá observar en carácter informativo los datos que posee este organismo de la situación tributaria)

4) Seleccionar la opción "Continuar recategorización".

5) Indicar la opción "Imprimir credencial".

6) Completar el formulario de Declaración Jurada 184 informando los nuevos parámetros.

7) Luego, el sistema emitirá el F.184 como comprobante del trámite realizado y la nueva credencial de pago.

La AFIP también especificó que si se detecta que el contribuyente que debía recategorizarse no lo hizo hasta el 20 de este mes, hará el cambio de oficio y lo obligará a abonar los nuevos montos. Además, serán sancionados con una multa del 50% del impuesto integrado y el componente previsional que les hubiera correspondido pagar.