El Gobierno de Javier Milei habilitó la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos de uso civil condicional, bajo un nuevo sistema de control a cargo del Registro Nacional de Armas (RENAR), dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional.
La medida, oficializada este martes en el Boletín Oficial, reemplaza la norma que prohibía el acceso a este tipo de armamento y establece un régimen de autorización más estricto, con requisitos precisos de identificación, uso y resguardo.
Según la disposición, los legítimos usuarios y entidades de tiro podrán adquirir y poseer armas semiautomáticas con cargadores de quita y pon, como fusiles o subametralladoras derivadas de modelos militares de calibre superior al .22 LR. El objetivo, según el texto oficial, es sustituir la prohibición por un sistema de control más riguroso y trazable, enfocado en usos deportivos.
Requisitos para acceder al permiso especial
Entre los principales puntos del nuevo régimen, los solicitantes deberán:
Acreditar la identificación exacta del arma (tipo, marca, modelo, calibre, CUIM y número de serie).
Contar con un sector de guarda tipo G2, es decir, un sistema de almacenamiento seguro aprobado.
Presentar una declaración jurada y documentación probatoria, además de fotografías del arma.
Abonar la tasa correspondiente, equivalente a la “Tenencia Exprés” y a la Tarjeta de Consumo de Municiones vigente.
Demostrar uso deportivo comprobado, mediante certificación de una entidad de tiro, participación en torneos o solicitud institucional avalada.
No poseer sanciones ni trámites pendientes ante el RENAR.
Tener al menos cinco años de antigüedad como legítimo usuario de armas de uso civil condicional.
Aportar elementos adicionales de justificación, que serán evaluados por la autoridad competente.
Un cambio estructural en el control de armas
La resolución también redefine la estructura del organismo de control: la Agencia Nacional de Materiales Controlados pasa a denominarse nuevamente Registro Nacional de Armas (RENAR), que queda bajo la órbita del Ministerio de Seguridad.
Desde ahora, el RENAR tendrá la responsabilidad exclusiva de aplicar, fiscalizar y controlar la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, junto con sus normas complementarias.
Además, se derogan disposiciones anteriores (81/02, 54/04, 155/04 y 239/09) para consolidar todo el régimen legal vigente en una sola estructura administrativa.
Antecedente
El cambio se venía gestando desde junio, cuando el Ejecutivo derogó el decreto de la época de Menem que restringía la compra o transferencia de armas semiautomáticas.
Con la resolución publicada ahora, se completa el esquema legal que permite a los civiles acceder a este tipo de armamento bajo control estatal y con fines deportivos comprobables.



