Desde el 1° de mayo, las personas que transfieran autos y motos usadas deberán confeccionar el CETA cuando la operación sea igual o superior a los $2.400.000.

El CETA se tramita en forma gratuita a través del sitio web de la AFIP con o sin clave fiscal. La actualización de los valores está prevista en la Resolución General N° 5187.

A partir del 1° de mayo, la obligación debe cumplirse cuando el precio pactado para la transferencia o el valor de la tabla de valuaciones de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios sea igual o superior a $2.400.000. El valor anterior, vigente desde 2019, era de $800.000.

En el CETA debe consignarse el dominio, marca, modelo y fábrica del tipo de vehículo que se transfiere como así también la identificación del vendedor y el porcentaje de titularidad, así como los datos del comprador.

Mirá cómo realizar el trámite: