Además, en el veredicto se lo declaró reincidente y se ordenó su traslado al Servicio Penitenciario de la Provincia para su alojamiento e incorporación al régimen de progresividad de la pena.

Asimismo, una vez firme y consentida la sentencia, se incorporará el perfil genético del condenado al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual.

El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el imputado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el Fiscal y la Defensora del acusado.

Acusación

Según la requisitoria de la Fiscalía, los hechos delictivos por los que juzgaron a J.A.O. ocurrieron en una vivienda de San Salvador de Jujuy.

El primer hecho descrito en la acusación ocurrió entre el 23 de noviembre de 2015 y el 24 de octubre de 2020, mientras convivía con su hija, cuando la menor tenía entre 7 y 11 años de edad. En ese contexto, el imputado procedió a abusar sexualmente de la niña, a la vez que le exhibía videos pornográficos y además le tomaba fotografías y la filmaba, conservando ese material en su poder. Estos ilícitos se reiteraron en el tiempo.

El segundo hecho ocurrió entre los días 21 y 24 de octubre de 2020, mientras convivía con su hijo, en esos momentos de 7 años de edad. El acusado golpeó al niño en sus brazos al no hacer los dibujos como le solicitaba. Además lo tomó con la mano del cuello en forma violenta, produciéndole numerosas lesiones.

El tercer hecho por el que fue juzgado, ocurrió entre los días 21 y 24 de octubre de 2020, cuando el hombre le manifestó a su esposa y madre de sus hijos, que si lo denunciaba por haberle pegado a su hijo, iba a matar al niño.