El proyecto impulsado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), propone modificar la Ley de Tránsito 24.449 de manera tal de prohibir la conducción de vehículos a personas con graduación de alcohol en sangre superior a cero, una obligación que por ahora solamente aplica a conductores profesionales.

La norma vigente autoriza hasta 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre para conductores de automóviles y 0,2 gramos en el caso de motociclistas.

De aprobarse en Diputados, el proyecto -que cuenta con el apoyo transversal de todas las bancadas, además del Gobierno y asociaciones civiles como Madres del Dolor- será ley dado que ya cuenta con media sanción del Senado. Solamente algunos diputados de Mendoza y San Juan se muestran reticentes a acompañar y se debaten entre el voto en contra y la abstención.

El objetivo de la iniciativa, resistida por la industria vitivinícola y sectores gastronómicos por el posible impacto negativo en sus ventas, es reducir las muertes en accidentes de tránsito, la primera causa en adolescentes.

Ya existen experiencias con regulaciones de Alcohol Cero en 11 provincias argentinas: Córdoba, Chaco, Entre Ríos, Jujuy, La Pampa, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Tucumán y Chubut.

Según las estadísticas, en los últimos diez años se superaron las 50.000 muertes y el millón de personas lesionadas por esta causa, que se cobra entre 14 y 20 víctimas por día. Según la OMS, con una graduación entre 0.1 y 0.5 de gramos por litro de sangre es tres veces más alto el riesgo de provocar un siniestro vial que un conductor sobrio.

Por otra parte, de acuerdo a datos de la Ciudad, el alcohol está presente en casi uno de cada cuatro siniestros viales, y uno de cada tres conductores hospitalizados por accidentes de tránsito tienen alcohol en sangre.

Está comprobado científicamente que el consumo de alcohol genera una disminución de la capacidad de reacción, de los reflejos y de la capacidad para advertir un riesgo y medir un peligro.