Se trata de una persona identificada como J.A.V., a la que los jueces le aplicaron 3 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor material y penalmente responsable de los delitos de “Amenazas Agravadas por Utilización de Armas, Privación de la Libertad Agravada por ser cometida con Violencia o Amenaza, y Lesiones Leves Agravadas por el Vínculo y de una Mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare Violencia de Género, todo en concurso real”, que ocurrieron en la ciudad de Perico.

Protección a la víctima

El Tribunal, además, le impuso al condenado medidas de protección a la víctima que deberán ser cumplidas por el término de la condena, entre ellas la prohibición de contacto por cualquier vía con la mujer; abstención de ejercer actos de violencia en cualquiera de sus tipos y/o actos molestos por cualquier medio: personal, telefónico, redes sociales.

Asimismo, deberá asistir y acreditar la realización de un curso sobre violencia de género hacia las mujeres en institución pública y/o ONG especializada en la problemática.

También deberá asistir y acreditar cada quince días, el inicio y sostenimiento de proceso terapéutico por sus conductas violentas, durante el tiempo que dure la condena, salvo que el/la profesional mediante informe de cuenta que se han cumplido los objetivos terapéuticos.

El veredicto fue emitido por las juezas Felicia Barrios – presidente de trámite-, y María Alejandra Tolaba; y el juez Luciano Yapura; secretaría a cargo de la Dra. Mariana Córdoba Etchart.

Los hechos

El acusado por la Fiscalía, J.A.V., fue condenado por lo ocurrido el 29 de septiembre de 2019, aproximadamente a las 14.30 horas, en un inmueble del barrio San Miguel de Perico.

En ese lugar, el acusado se hizo presente y amenazando a su ex pareja que iba a romper el vidrio de la ventana de la casa, logró hacerla salir de la vivienda.

Seguidamente, el hombre procedió a colocarle un cuchillo a la altura de las costillas a la mujer mientras le decía “camina, vamos al canal, no digas nada”, para luego llevarla por la calle Ecuador del barrio La Paz, en donde la arrojó a un canal de riego.

Una vez que la víctima pudo salir del mismo, el acusado la continuó haciendo caminar hasta llegar a la última calle de un camino paralelo al barrio San Nicolás, en donde le produjo cortes con el cuchillo a la altura del dedo anular izquierdo y la pierna derecha por encima de la rodilla.

Luego le pegó un golpe en la boca a la mujer y con la parte metálica afilada de un encendedor le cortó el pómulo del lado izquierdo de la cara amenazándola que la iba a matar  si ella lo dejaba, manteniéndola en dicho lugar privada de su libertad.

Posteriormente caminaron hasta un negocio que estaba cerca, oportunidad en que la mujer pidió auxilio un grupo de hombres ante lo cual el agresor le pegó nuevamente y volvió amenazarla de muerte y producirle una herida en la cara.

Mientras el acusado procuraba obligar a su ex pareja a volver al canal de riego, la mujer en estado vulnerable aprovecho para pedir ayuda a un hombre que lavaba el auto afuera de su casa, en donde con mucho miedo ingreso al inmueble ubicado en la calle Canadá del barrio La Paz.

El imputado ingreso a dicha vivienda y sacó a la fuerza a la mujer, momento en que intercedió el dueño del inmueble quien llamó a la policía, cuyo personal demoró al agresor inmediatamente.

Procedimiento especial

El juicio se resolvió en una única audiencia oral mediante el procedimiento de Juicio Abreviado Inicial, establecido en el Artículo 385 del Código Procesal Penal de la Provincia.

El mismo puede ser aplicado a solicitud del Ministerio Público Fiscal si este considera que corresponde aplicarle al acusado una pena privativa de la libertad de hasta 6 años o una pena no privativa de libertad.

Para que esta solicitud sea admisible, es necesaria la conformidad del imputado, quien asistido por su defensor o defensora admite la existencia del hecho y su participación en el mismo. Finalmente, se requiere también el acuerdo del Tribunal de juicio.

Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Sergio Marcelo Cuellar; mientras que la defensa técnica del condenado fue ejercida por el Dr. Carlos Hugo Salas.