Únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador. 

En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, indicó el texto oficial.

La Resolución SSN 217.2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, ha dado un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio, pero además, una vez pasados los 90 días, el cambio se aplicará a cada usuario al finalizar el actual contrato de seguro, es decir al momento de renovar las pólizas.

Según los especialistas, esta es una decisión que debería haberse tomado hace bastante tiempo, ya que los servicios de auxilio mecánico y el servicio de remolque no forman parte del objeto de seguro y alteran el principio básico por el cual las primas deben destinarse al suficiente cumplimiento de las obligaciones del asegurador y su permanente capacidad económica y financiera.