Pedro Alejandro Silvestre fue el sentenciado a la pena de prisión perpetua como autor penalmente responsable del delito de “Homicidio calificado por el vínculo y de una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género” y trasladado inmediatamente al Servicio Penitenciario provincial.

En tanto, Vicente Subelza fue absuelto por falta de acusación fiscal del delito por el que se lo acusó y enjuició: “Homicidio agravado por el vínculo, por odio de género y de una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”; y se ordenó su inmediata libertad.

La sentencia fue dictada ayer, 25 de abril, en el recinto de audiencias de la Oficina de Gestión Judicial por los jueces con Función de Juicio Dres. Luciano Yapura –presidente de trámite-, Luís Kamada y Gustavo Ortiz; secretaría a cargo del Dr. Gastón Mercau (h).

Acusación

Vicente Subelza apodado “Chavo” y Pedro Silvestre, apodado “Cañero” fueron acusados por lo ocurrido el 11 de octubre de 2021, aproximadamente entre las 23.00 y las 06.00 horas.

En esas circunstancias, Subelza ingreso junto a la víctima, Elva Palacios, al domicilio de esta, ubicado en la calle Laguna Colorada de La Quiaca.

Ambos fueron vistos por la hija de la mujer, quien dejó una nota a su madre y se retiró del lugar.

Allí, Subelza y Palacios permanecieron solos por un tiempo hasta que llego Silvestre, quien era pareja de la mujer desde hace varios años.

Luego de arribar al lugar, éste último inicio una pelea por reclamos hacia la mujer tras lo cual fue agredida en diferentes partes del cuerpo y de la cabeza, golpeándola incluso contra la pared, hasta causarle la muerte.

Aproximadamente a horas 06.00, en un taxi llevaron a la víctima al Hospital de La Quiaca, donde Silvestre manifestó que no sabía lo que le había pasado a la mujer.

Mientras tanto, Subelza se habría quedado en la casa de la víctima, en el periodo comprendido entre las 6.00 y las 8.00 horas del 12 de octubre de 2021, para ocultar elementos de prueba y luego salir de la vivienda, para dirigirse a una casa ubicada en la calle Artesanos Andinos de la ciudad fronteriza, donde consumió bebidas alcohólicas.

Por su parte, Silvestre, después de dejar a la víctima en el hospital, se dirigió al domicilio de calle Artesanos Andinos, donde exhibió a los presentes la zapatilla de su pareja, como prueba de que estaba muerta, y se retiró de allí para ir a esconder los elementos que lo perjudicaban.

Alegatos

En su alegato, los representantes del Ministerio Público de la Acusación, Dra. Leila Edith Rodríguez y Dr. Walter Rondón solicitaron la pena de prisión perpetua para Pedro Silvestre y no formularon acusación contra Vicente Subelza.

La querella fue representada por la Dra. Miriam Valdés y el Dr. Leonardo Fernández, del Consejo Provincial de la Mujer e Igualdad de Género, quienes adhirieron al pedido de la Fiscalía.

En tanto, el defensor técnico de Pedro Silvestre, Dr. Manuel Chavarría, requirió la nulidad de los alegatos de la Fiscalía y de la querella y solicitó la absolución lisa y llana de su defendido.

Por su parte, la Dra. Felisa Ester Quipildor, defensora de Vicente Subelza, adhirió a lo solicitado por la Fiscalía.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior a la del juicio.